El Informe de Progreso para el Ciclo II del nivel de Educación Inicial de EBR y EBE incluirá el nivel de logro alcanzado en cada competencia desarrollada y las conclusiones descriptivas al término de cada bimestre o trimestre. Las conclusiones se consignarán cuando los niveles de logro alcanzados sean A, B, o C; y en el caso del nivel de logro AD, cuando el docente lo considere conveniente.
En Educación Primaria de EBR y EBE, el Informe de Progreso registrará el nivel de logro alcanzado en cada competencia desarrollada y consignará conclusiones descriptivas para los niveles de logro A o C, y en el caso de AD cuando el docente lo considere conveniente. Al finalizar el período lectivo, todas las competencias deben haber sido desarrolladas y, por consiguiente, tendrán asignado un nivel de logro.
En Educación Secundaria de EBR y en los ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado de EBA, al finalizar el período lectivo, todas las competencias deben haber sido desarrolladas y, por lo tanto, tendrán asignado un nivel de logro. El Informe de Progreso registrará el nivel de logro alcanzado en cada competencia desarrollada y consignará conclusiones descriptivas cuando el nivel de logro sea C; y en el caso de otros niveles de logro como B, A, o AD cuando el docente lo considere conveniente.
Para los estudiantes en situación de hospitalización o en tratamientos ambulatorios de periodos prolongados, el Informe de Progreso incluirá los niveles de logro de las competencias desarrolladas y conclusiones descriptivas sobre su progreso.
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