REQUISITOS GENERALES PARA LA ACREDITACIÓN ANTE EL COMITÉ DE EVALUACIÓN EN LA ETAPA DESCENTRALIZADA DEL CONCURSO
El postulante que participe en el concurso debe cumplir con los siguientes requisitos generales:
a) Contar con título de profesor o licenciado en educación, emitido hasta la fecha de inicio de la actividad de inscripción (15 de abril de 2024) conforme al cronograma del concurso. Este requisito se acredita mediante la presentación de una copia simple del título, el cual debe estar registrado y revalidado, de ser necesario. Las modalidades de acreditación son las siguientes:
b) Contar con el perfil correspondiente al grupo de inscripción seleccionado según lo dispuesto en el Anexo I de la RVM N° 0373-2024-MINEDU. Este requisito se acredita con una copia simple del título o títulos, y en caso de que se requiera acreditar experiencia laboral u otros requisitos para ciertos grupos de inscripción, se deben presentar copias simples de los documentos de respaldo.
c) Gozar de buena salud física y mental que permita ejercer la docencia. Esto se acredita con la presentación del original de una declaración jurada debidamente firmada por el postulante, conforme al formato establecido en el Anexo XIII de la RVM N° 0373-2024-MINEDU.
d) No haber sido condenado por delitos dolosos distintos a los especificados en el literal e) del presente numeral. Este requisito se acredita mediante la presentación del original de una declaración jurada debidamente firmada por el postulante, según el formato establecido en el Anexo XIII de la RVM N° 0373-2024-MINEDU. La veracidad de esta información se contrasta con los antecedentes penales y judiciales del postulante, quien es responsable de mantener actualizada su información en el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial.
e) No haber sido condenado por delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos contra la libertad sexual, corrupción de funcionarios y/o tráfico de drogas, así como no haber sido condenado por actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de las personas y el patrimonio, entre otros delitos especificados en la Ley N° 29988 y la Ley N° 30901. Este requisito se acredita mediante la presentación del original de una declaración jurada debidamente firmada por el postulante, según el formato establecido en el Anexo XIII de la RVM N° 0373-2024-MINEDU. La verificación de esta información se realiza a través del Registro Nacional de Juicios y Sentencias (RENAJU) mediante un cotejo masivo, siendo responsabilidad del postulante mantener actualizada su información en dicho registro.
f) No haber sido sancionado y/o no tener sanciones inscritas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC). Este registro es de acceso público y gratuito, y el postulante
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